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Referencias legislativas y judiciales sobre Religión
y su profesorado en la Comunidad de Madrid

 

 

 

  • Asignatura y Profesorado de Religión Católica

     

     

    Convenio General de Cooperación entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid sobre Enseñanza Religiosa Católica de 22 de junio de 1999
    (BOCM n. 151 de 29/06/1999 pp 26-31)

     

    • Equiparación con otras disciplinas fundamentales en la dotación de medios y en las estructuras de organización y coordinación didáctica.
    • Los signos y expresiones religiosas habituales forman parte de la educación religiosa.
    • Períodos lectivos de ERE en cada nivel educativo (2 sesiones semanales).
    • Posibilidad de ofrecer un Seminario de Religión en 2º de Bachillerato y en Ciclos Formativos de Grado Medio.
    • Posibilidad de realizar en los centros actividades complementarias de formación y asistencia religiosa.
    • El profesorado de Religión en centros sostenidos con fondos públicos podrá participar en las actividades de formación permanente convocadas por la Consejería de Educación.
    • Habrá profesores de Religión Católica con función asesora técnica en los CAP.
    • La Inspección de la Enseñanza de la Religión.

     

     

    Decreto 198/2000, de 31 de agosto, por el que se crean los nuevos departamentos didácticos de Economía, de Formación y Orientación Laboral y de Religión en los institutos de educación secundaria
    (BOCM n. 211 de 05/09/2000 pp 5-7)

     

     

     

    Asignatura de Religión Católica

     

    DECRETO 22/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Primaria. (BOCM n.126 de 29/05/2007 pp 4-47)

     

    ORDEN 3319-01/2007, de 18 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

     

    DECRETO 23/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria. (BOCM n.126 de 29/05/2007 pp 48-139)

     

    ORDEN 3320-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

     

     

    Orden 3422/2000, de 30 de Junio de 2000, del Consejero de Educación, por la que se dictan Instrucciones para la implantación del Bachillerato establecido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo
    (BOCM n. 160 de 07/07/2000 pp. 17ss)

     

    • Posibilidad de un Seminario de Religión en 2º de Bachillerato (quinto).
    • Asignación de dos horas semanales en 1º de Bachillerato. (undécimo y anexo)

     

    Orden 5559/2000, de 17 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se amplía la regulación vigente sobre organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria en algunos aspectos relacionados con el horario de los alumnos.
    (BOCM 20/10/2000 pp 30-31)

     

     

    Profesorado de Religión Católica

     

    Criterios de la Provincia Eclesiástica de Madrid para la propuesta de nombramiento de Profesores de Religión (31-5- 2000).
    (Fuente: Arzobispado de Madrid)

     

    Instrucciones de la Consejería de Educación, enviadas a todos los IES, relativas al incremento de horas del profesorado de Religión sobre las reflejadas en su contrato inicial (16-10-2000).
    (sin fuente digital)

     

    • Procedimiento a seguir para solicitar una modificación de jornada cuando ello sea necesario y a quién compete autorizarla.
    • Consecuencias de realizar una jornada superior a la pactada en contrato sin la necesaria autorización de la Consejería.
    • Instrucciones de la Viceconsejería de Educación de la Comunidad de Madrid sobre el comienzo del curso escolar 2002/2003, enviadas a todos los centros.
    • Posibilidad de ofrecer un Seminario de Religión en 2º de Bachillerato y en los Ciclos Formativos de Grado Medio.
    • Cuando el profesor atienda dos o más centros, los jefes de estudios respectivos deberán coordinarse para completar adecuadamente su horario.
    • Instrucciones para agrupar al alumnado sin superar la ratio LOGSE.

     

    Acuerdo sobre condiciones laborales, prestaciones sociales y régimen de licencias y permisos para el profesorado de religión y moral católica y otro personal docente no sujeto a convenio colectivo ni acuerdos de sectorial docente de la Comunidad de Madrid (27 de julio de 2004)
    (Arzobispado de Madrid)

     

    • Condiciones de Trabajo.
    • Licencias, permisos y acción social.
    • Ayudas al estudio, por hijos y desplazamientos.



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